Crucigrama: Setenta años

Una lucha que continúa – Por Norberto Tallón, especial para Diariodecultura.com.ar.

Este lunes se cumplen setenta años de aquel 10 de diciembre de 1948 cuando, en la ciudad de París, en Francia, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, en su Resolución 217 A (III), el documento declarativo conocido como Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), que en su preámbulo y 30 artículos recogen derechos de carácter civil, político, social, económico y cultural, a partir de Carta de San Francisco -Estados Unidos- , del 26 de junio de 1945).

La votación fue 48 países a favor (entre ellos la Argentina), 8 abstenciones, 2 ausentes y no hubo expresiones en contra, del total de los 58 Estados que en aquel momento integraban la Organización.

Se creó la Comisión de Derechos Humanos y, dentro de ella, un Comité de ocho miembros: Eleanor Roosevelt (Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). El canadiense John Peters Humphrey fue designado director de la División de Derechos Humanos de la ONU.

Al unirse la declaración con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus protocolos se integra la denominada Carta Internacional de Derechos Humanos. De lo que resulta que la Declaración constituye, en lo general, un documento de orientación, los Pactos son tratados internacionales obligatorios para los Estados firmantes a cumplirlos.

Desde el siglo XVII se habían iniciado manifestaciones explícitas basadas en la idea contemporánea del “Derecho Natural”. Inglaterra incorporó a su constitución, entre 1679 y 89, el Habeas Corpus Act (Ley de hábeas corpus) y la Bill of Rights (Declaración de Derechos). Por su parte, Francia con la Revolución francesa, publicó, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

Ya en el siglo XX, 1927, cobró vigor la Convención sobre la Esclavitud, que la prohíbió en todas sus formas. Los llamados “Códigos de Malinas” que abarcaron la Moral Internacional. Llegaron luego Relaciones Sociales, Relaciones Familiares y el Código de Moral Política, intentos parciales de la conciencia pública en la regulación de una seguridad mínima de respeto al individuo.

Siete décadas después, muchos de los derechos consagrados siguen, parcial o totalmente incumplidos, en distintas partes del mundo. A veces de manera total y sistemática, temporal en otros, con acento específico en alguno en especial en varios casos.

Por tanto, más allá del tiempo transcurrido, de una aceptación al menos formal de carácter amplio, a veces, sin necesidad de que una lupa se cierna sobre una sociedad para “descubrir “ las carencias, está claro que es una lucha que continúa.

Norberto Tallón
@betotallon

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