Quiénes tienen asueto hoy viernes 30 de diciembre

El último día hábil antes de Año Nuevo fue dispuesto como un día de descanso para los trabajadores de la administración pública nacional; cuál es la excepción y cuáles son los feriados del 2023

No falta mucho para que termine el 2022 y algunos podrán verlo irse con un descanso, ya que el Gobierno estableció un asueto administrativo para el 30 de diciembreúltimo día hábil antes del Año Nuevo.

Así lo definió el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, a través del Decreto 820/2022, en el que estableció lo mismo para el viernes 23 de diciembre, último día hábil antes de la Navidad. En la normativa ratificada por el Jefe de Gabinete, desde el Poder Ejecutivo consideran que las fiestas de diciembre “constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio”.

“Que, asimismo, y con el fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos”. Por estos motivos, desde el Estado decidieron otorgar asueto al personal de la administración pública nacional los días 23 y 30 de diciembre de 2022.

El Gobierno definió que los trabajadores de la AFIP, así como de otras entidades financieras y bancarias, trabajarán a pesar del asueto del 23 y el 30 de diciembre (Foto: Ricardo Pristupluk)
El Gobierno definió que los trabajadores de la AFIP, así como de otras entidades financieras y bancarias, trabajarán a pesar del asueto del 23 y el 30 de diciembre (Foto: Ricardo Pristupluk)RICARDO PRISTUPLUK

Esto significa que todos los trabajadores estatales podrán descansar en esa fecha, lo que completa para ellosdos fines de semana largos en las últimas semanas del año. Pero según establece el decreto, los exceptuados por la medida son las instituciones bancarias y entidades financieras.

La Argentina tendrá de esta manera un diciembre extra corto, debido a los seis días no laborablesferiados asuetos declarados en este mes que dejaron 17 días hábiles en total, aunque no fue lo mismo para todos los sectores de la sociedad. Es que a diferencia de un feriado, que alcanza al sector privado, el asueto administrativo solo impacta sobre la administración pública nacional. Por su parte, las empresas se reservan el derecho de definir cómo será su esquema de trabajo en particular.

Cuáles son los feriados del 2023

Luego de las fiestas del 2022, los descansos del año que viene ya están definidos en el calendario oficial de feriados inamovibles, trasladables y turísticos de 2023 que anunció el Gobierno a fines de noviembre, tal como establece la ley 27.399 de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos.

Según este cronograma, a lo largo del año que comienza, habrá 14 feriados inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 19 días de asueto.

Hay que recordar que la ley 27.399 establece 12 feriados inamovibles, 4 trasladables (cuya celebración puede moverse a lunes o viernes para formar fines de semana largo) y la posibilidad de declarar hasta tres feriados turísticos para favorecer dicha industria.

Los feriados inamovibles de 2023 serán:

  • 1° de enero (Año Nuevo)
  • 20 y 21 de febrero (Feriados de Carnaval)
  • 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
  • 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
  • 7 de abril (Viernes Santo)
  • 1° de mayo (Día del Trabajador)
  • 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
  • 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes)
  • 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
  • 9 de julio (Día de la Independencia)
  • 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional)
  • 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
  • 25 de diciembre (Navidad).

En tanto, los feriados trasladables producirán los siguientes cambios:

  • El 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) se celebrará el lunes 21 de agosto
  • El 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) se celebrará el lunes 16 de octubre

Por último, en cuanto a los feriados con fines turísticos, el decreto establece que puede haber hasta tres fechas de estas características. En 2023 estas serán:

  • Viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo)
  • Lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
  • Viernes 13 de octubre (fin de semana largo, de cuatro días, por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre.

Fuente: La Nación